Colombia, Sindical Tragedia minera en Sutatausa: No es un accidente, es un crimen Publicado por: Administrador el 19 marzo, 2023 Más en Colombia: #21N: reivindicar el camino de la lucha y retomar los objetivos del estallido social 20 noviembre, 2024 Editorial: Inundados y con sed 15 noviembre, 2024 Ante la crisis fiscal, ¡NO al pago de la deuda externa! 6 noviembre, 2024 Esta semana la clase obrera colombiana se ha estremecido con la tragedia en las minas de carbón en Sutatausa. En este municipio de Cundinamarca, en el centro del país, en la noche del 14 de marzo, estalló una explosión en uno de los socavones interconectados de las minas de carbón explotadas por la empresa Miminerales SA. Inicialmente fue reportada la muerte de 11 mineros, pero dos días después se confirmó la muerte de otros 10 mineros atrapados a más de 900 metros de profundidad. Hacemos nuestra la tragedia de las víctimas y sus familias; nos embarga un profundo dolor por cada obrero que muere extrayendo riqueza para el capitalista. Tanto los mineros como funcionarios han coincidido en señalar la causa de la explosión en una combinación de gas metano y polvillo de carbón, que además de ser altamente tóxico, es muy explosivo. Al tratarse de un sistema interconectado de 6 minas la explosión iniciada en una de las minas, afectó inmediatamente a las otras. Trabajadores de las minas también han denunciado que la acumulación de gas metano y polvo de carbón se debe principalmente a una ventilación deficiente y la falta de controles más estrictos de la Agencia Nacional de Minería. Esto muestra que la principal responsabilidad por esta tragedia son de las propias empresas, que además de imponer condiciones precarias de trabajo para los obreros mineros, pone en riesgo su vida permanentemente al no garantizar condiciones seguras para la extracción minera. La minería en Colombia, especialmente la extracción en minas subterráneas de carbón, es una actividad de alto riesgo. Según la Agencia Nacional de Minería, desde el 2005 hasta hoy han muerto 1.978 mineros en 1.743 emergencias mineras. En lo corrido del año han muerto 34 mineros sin contar los cientos de heridos y lesionados. La gran mayoría de muertes son producto de derrumbes, explosiones y atmósferas viciadas, pero estas no son causadas por accidentes imposibles de evitar. Responden a las condiciones precarias en que los obreros de las minas se ven obligados a trabajar, sin condiciones adecuadas de seguridad, e infraestructuras precarias que causan la mayoría de emergencias. Los trabajadores de las minas en Sutatausa han denunciado que los sistemas de ventilación son deficientes, al igual que los mecanismos de transporte interno y adecuado sostenimiento (para no caerse). Además, los controles que realiza la Agencia Nacional de Minería son insuficientes o apenas una formalidad. La mayoría de trabajadores mineros no cuentan con trabajo estable, y su ingreso depende de lo que logren extraer de las minas, por lo que la necesidad de extraer más carbón presiona para asumir más riesgos. Estas condiciones contrastan con las altas ganancias que obtienen los capitalistas que se lucran con la venta del carbón. El carbón es el segundo mayor producto de exportación de Colombia, luego del petróleo y por encima del café. El año pasado Colombia exportó 60.935.030 toneladas por un precio de 12.288.827 millones de dólares. Pero estas altas ganancias no se reflejan en un mejoramiento de las condiciones de trabajo de los mineros. Al contrario, los capitalistas dueños de los títulos mineros aprovechan la pobreza predominante en los entornos de las minas para imponer estas condiciones a los trabajadores. Si bien el gobierno nacional ha cerrado preventivamente esta mina, no es suficiente. Es urgente que el gobierno, a través del Ministerio de Minas y Energía y del Ministerio del Trabajo revisen todas las condiciones de seguridad de todas las minas que extraen materiales tanto subterránea como a cielo abierto, cerrando las minas que no cumplan con las condiciones adecuadas de seguridad hasta que no garanticen la salud y la vida de los mineros. Estos cierres no deben indicar la suspensión de los contratos o el despido de los trabajadores. Hasta que haya seguridad las empresas deben aplicar el Artículo 140 del Código Sustantivo del Trabajo1. Mientras los recursos minerales del país sigan en manos de privados y de las multinacionales, seguirán muriendo obreros mineros en emergencias que pueden ser evitadas. Es necesaria la expropiación de todas las minas del país, siendo la clase obrera la que decida en función de la seguridad de quienes trabajan y de la protección del medio ambiente cuáles se deben seguir explotando y cuáles deben ser cerradas. Sólo la unidad de la clase obrera en Colombia y en otros países con fuerte explotación minera, como Chile o Brasil, pueden parar estas muertes anunciadas. Partido Socialista de los Trabajadores de Colombia ARTICULO 140. SALARIO SIN PRESTACIÓN DEL SERVICIO. Durante la vigencia del contrato el trabajador tiene derecho a percibir el salario aun cuando no haya prestación del servicio por disposición o culpa del {empleador}. Post Views: 1.322